martes 18 de junio de 2024 - Edición Nº427

Internacionales | 7 abr 2024

Violación del Derecho Internacional

La Cancillería argentina repudió el allanamiento a la embajada de México en Ecuador

La Cancillería condenó hoy la irrupción que llevaron a cabo efectivos de la Policía Nacional de Ecuador en la embajada de México en su país para detener al exvicepresidente Jorge Glas, que se encontraba refugiado allí con asilo político.


Argentina atraviesa una situación similar en Venezuela, donde el 26 de marzo la embajada apostada en ese país acogió a seis líderes opositores al gobierno del presidente venezolano, Nicolás Maduro, debido a los "actos de hostigamiento y persecución" que ocurren en el territorio. En ese marco, el Gobierno argentino denunció que se produjeron cortes de luz en la sede diplomática.

México suspendió sus relaciones diplomáticas con Ecuador luego de que este último ordenara un allanamiento en la sede diplomática mexicana para capturar al exvicepresidente de Rafael Correa, Jorge Glas, que tiene una orden de prisión preventiva por un caso de presunta corrupción en el que está actualmente procesado. Sin embargo, Glas asegura ser inocente y que es un perseguido político.

Desde Cancillería se expidieron: "Como Estado Parte de la Convención sobre Asilo Diplomático de 1954 que ha otorgado recientemente esta condición a dirigentes políticos venezolanos y se encuentra a la espera de la emisión de los correspondientes salvoconductos, la República Argentina se une a los países de la región en la condena a lo sucedido anoche en la Embajada de México en Ecuador y llama a la plena observancia de las disposiciones de aquel instrumento internacional así como de las obligaciones que surgen de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas".

Las edificaciones para fines diplomáticos en el mundo están amparadas bajo la Convención de Viena sobre relaciones diplomáticas, que data del 18 de abril de 1961.

La Convención de Viena está amparada en la Carta de las Naciones Unidas, en relación con “la igualdad soberana de los Estados”, el mantenimiento de la paz y la seguridad internacional.

¿Qué dice la Convención de Viena sobre los locales destinados a la diplomacia?

El Artículo 22 indica que “Los locales de la misión son inviolables” y que el país sede, por medio de sus agentes “no podrán penetrar en ellos sin consentimiento del jefe de la misión”.

Es así que la Convención de Viena establece la protección para los locales de las misiones diplomáticas así como para su mobiliario y demás bienes situados allí. En esta protección están incluidos los medios de transporte y junto a la edificación de la misión “no podrán ser objeto de ningún registro, requisa, embargo o medida de ejecución”.

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