

La Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal, dictó sentencia definitiva en la causa seguida contra cinco miembros del Grupo Albatros de la Prefectura Naval Argentina, por la represión llevada a cabo el 25 de noviembre de 2017 en cercanías de la ciudad de Bariloche, ordenada por la entonces ministra de Seguridad Patricia Bullrich, y que culminara con el asesinato del joven mapuche Rafael Nahuel Salvo, de 22 años de edad.
Los cinco uniformados cometieron el delito de homicidio doloso agravado por el uso de arma de fuego con exceso en la legítima defensa.
El fallo de la Casación ordena ahora al Tribunal de General Roca, que gradúe las penas que deben purgar los homicidas Sergio Cavía, Francisco Javier Pinto, Juan Obregón, Carlos Sosa y Sergio García, quienes además fueron inhabilitados para la función pública.
El fallo condenatorio de la Cámara Federal que desmiente las afirmaciones que al momento de los hechos formulasen Patricia Bullrich y Mauricio Macri para encubrir y justificar la brutal acción represiva del grupo Albatros, que le costó la vida a Rafael Nahuel e hirió de gravedad a Johana Micaela Colhuan y Gonzalo Coña, y estableció inequívocamente el obrar delictivo de esa fuerza de seguridad al mando de Bullrich.
La APDH (Asociación permanente por los DDHH)advierte que la sentencia no alcanzó a las autoridades de entonces, claramente involucradas en el hecho y por tanto responsables últimos de aquella acción criminal. Tal el caso de la por entonces y también hoy ministra de Seguridad, quien desde su cargo sigue incitando a quienes integran las fuerzas a su mando a que mantengan conductas violentas, violatorias del orden jurídico vigente, a sabiendas de que son ellos únicos que terminan respondiendo ante los jueces por hechos execrables, que parecen desconocer que delinque no sólo quien cumple órdenes inmorales e ilegales sino también quien las ordena.