

En ese lapso, el Artículo 16 de la Ley 14086, referida a las Elecciones Primarias, establece que está prohibido emitir cualquier tipo de propaganda (televisiva, radial o gráfica) 48 horas antes de la elección. Tampoco se podrán difundir encuestas y sondeos preelectorales en esa misma franja de tiempo. Y las proyecciones sobre el resultado del comicio solo se podrán publicar o difundir después de tres horas del cierre del proceso electoral.
El 7 de septiembre, la provincia de Buenos Aires realizará una jornada electoral para elegir representantes legislativos y autoridades municipales. En esta instancia se renovarán 46 diputados y 23 senadores provinciales, además de concejales y consejeros escolares en los distintos municipios. El proceso abarcará las ocho secciones electorales bonaerenses y tendrá lugar en una fecha separada de las elecciones nacionales, que se efectuarán el 26 de octubre.
Otra medida clave es la restricción a la venta de bebidas alcohólicas, que comienza a las 20 horas del día anterior a la votación y se extiende hasta tres horas después del cierre de los comicios.
El objetivo de la veda es garantizar que la jornada electoral se desarrolle con normalidad y que cada ciudadano pueda ejercer su derecho en libertad, sin presiones externas y con responsabilidad cívica.