viernes 29 de marzo de 2024 - Edición Nº346

Sociedad | 24 may 2023

Berazategui

Se confirmó la perpetua para el femicida que prendió fuego a su pareja e intentó simular un accidente

Ángel Saracho fue condenado por el crimen de Mónica Garnica Luján, en diciembre de 2017, en Berazategui.


La Suprema Corte Bonaerense confirmó la condena a prisión perpetua para Ángel Saracho por el femicidio de su pareja Mónica Garnica Luján el 23 de diciembre de 2017 en una vivienda en Berazategui.

Los jueces rechazaron los argumentos de la defensa y confirmaron la decisión que tomó en juicio el Tribunal Oral Criminal 2 de Quilmes que encontró culpable a Saracho por homicidio triplemente agravado por alevosía, por el vínculo y por violencia de género. 

Según la investigación, Saracho discutió con su pareja ese día, tras lo cual la roció con alcohol y la prendió fuego, sufriendo ella quemaduras en el 50% de su cuerpo lo que le provocó heridas de gravedad y posterior muerte. 

El acusado dijo que se inició un fuego y ella quedó atrapada en las llamas por intentar salvar las prendas, algo que fue desestimado por el Tribunal. Sobre ello valoraron que el nivel de quemaduras que tenía la víctima contradice su versión.

Pero el vecino de Saracho cuando este le dijo “te voy a matar” durante una discusión y que la insultaba, sumado a eso que el imputado a sus familiares les pedía que guardaran silencio sobre lo sucedido.

“Meritó, en concordancia con el sentenciante, las conductas adoptadas por el imputado de amenazar de muerte e insultar a su pareja mientras su cuerpo ardía en llamas, sin procurar prestar auxilio alguno y, por otro lado, intentar el silencio de sus familiares frente a lo ocurrido, como indicios de cargo reveladores del componente subjetivo doloso de su accionar previo, que aleja la hipótesis que pretendió instalar Saracho de un súbito accidente sufrido por Mónica”, cita la Suprema Corte.

“La defensa muestra su disconformidad con el criterio de valoración probatoria realizado, pero si bien se sabe que la sentencia de condena solo puede ser el resultado de un convencimiento que esté más allá de toda duda razonable acerca de la responsabilidad del acusado por un hecho punible, no basta la invocación de cualquier versión contrapuesta sobre la fijación de los hechos para objetar el análisis de la prueba”, concluyó el Tribunal.

De esta forma el Tribunal confirmó la condena a prisión perpetua y ahora la defensa podrá apelar a la Corte Suprema de Justicia. 

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