

El Decreto 46/2025, publicado hoy en el Boletín Oficial, oficializa una disposición que había sido anunciada a principios de diciembre por el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger. La medida habilita a aquellos expendedores que así lo decidan a implementar el autoservicio en todos o algunos de sus surtidores. Las empresas que opten por esta modalidad deberán solicitar autorización en la Secretaría de Energía, que establecerá qué requerimientos deberán cumplir para poder implementarla.
La disposición que por decreto habilita el autoservicio de combustibles encendió las luces de alerta sindicales, que estiman que hay 65.000 puestos de trabajo en riesgo a partir de lo que establece el decreto 46/2025 de la secretaría de Energía. En contraste, el gobierno de la Provincia de Buenos Aires, se diferencia de la modalidad y en la misma tesitura mantuvo contactos con las organizaciones gremiales del rubro.
La gestión libertaria pondera que con la disposición activada habrá un precio diferenciado más bajo y beneficios para el consumidor y descuentan la adhesión de las estaciones de servicio. Remiten al modo global del autoservicio en Estados Unidos, Uruguay y Paraguay por citar algunos casos internacionales, además de los estados integrantes de la Unión Europea.
Los perfiles del decreto habían sido anticipados por el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger y el mismo se oficializó este miércoles con su publicación en el Boletín Oficial.
En el documento, el Gobierno argumentó que Argentina “experimentó un profundo proceso de avance tecnológico que permite ofrecer a los usuarios distintas modalidades para el autodespacho de combustible”, con la única condición de que “siempre se garanticen determinadas condiciones de seguridad”.
La medida faculta a las estaciones de servicio a permanecer abiertas las 24 horas, “con un costo operativo menor”. Este punto “resultará especialmente beneficioso para aquellos que necesitan cargar combustible en horarios no convencionales”. Además, “ayudará a mantener los puestos de trabajo en un entorno seguro, por lo que se ofrece como una garantía para el resguardo de la integridad física de los trabajadores”.
La nueva modalidad es optativa, por lo que los expendedores tienen la libertad de elegir si implementarla o no. La activación de esta práctica puede ser total o parcial. Es decir, puede haber una estación de servicio que ofrezca únicamente el autoabastecimiento o puede haber otra que continúe con el personal. También existe la posibilidad de mezclar ambas formas en una misma estación.
Se autoriza la implementación de tanques sobre el terreno en estaciones de servicio y estaciones de servicio móviles, de acuerdo a las normativas de seguridad que establezca la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía Nacional en los próximos días.
El decreto aclara que las estaciones de servicio móviles son “depósitos autónomos que están totalmente equipados para el transporte y el abastecimiento de hidrocarburos” y que “pueden utilizarse de forma fija o móvil, con disponibilidad de ser izados y transportados”.
La superficie de instalación debe ser en planta baja y con una superficie mínima que permita la circulación y maniobras para la evacuación inmediata de los vehículos y las personas en situación de emergencia. Para implementar el servicio, los solicitantes deben tramitar la autorización en la Secretaría de Energía.