lunes 10 de agosto de 2026 - Edición Nº1210

Política | 10 ago 2026

Enriquecimiento ilícito

Adorni debe explicar a la justicia la diferencia entre sus ingresos formales y sus gastos

18:58 |La intimación apunta a que Adorni explique una serie de incrementos, adquisiciones y desembolsos que no encuentran explicación suficiente si se los compara con los ingresos declarados y formales de la familia.


 El ex vocero libertario tendrá 15 días para responder cada una de las preguntas articuladas por Pollicita en base a la prueba incorporada al expediente.

El fiscal a cargo de la investigación por enriquecimiento ilícito le mandó este lunes el requerimiento al juez Ariel Lijo, que es quien debe notificar a la defensa de Adorni, a cargo del abogado Matías Ledesma.

1. En primer lugar tendrá que explicar cuál fue el origen de los dólares en efectivo que declaró en sus DDJJ ante la Oficina Anticorrupción y sustentar el concepto “venta de activos” que usó como fuente de ese monto. Se trata de 565 mil dólares que declaró en la rectificación de su declaración de 2023, monto que no aparecía en la presentación original. El fiscal quiere que explique fechas, trazabilidad y aporte documentos.

2. El fiscal también quiere que aporte documentación que permita corroborar las circunstancias de los préstamos que le hicieron dos familiares: su madre Silvia País y su tía Norma Zuccolo.

3. De dónde sacó el dinero para la compra de su camioneta Jeep.

4. Adorni deberá explicar el origen de los fondos que usó para la compra de su casa en el barrio privado Indio Cua de Exaltación de la Cruz junto con los motivos por los que eligió ponerla a nombre de su mujer Betina Angeletti.

5. De donde sacó los 245 mil dólares en efectivo que le pagó al contratista Matías Tabar para la remodelación integral de esa vivienda. En su última entrevista televisiva en el canal LN+ había dicho que el monto que abonó por esas reformas fue menor. Tendrá que entregar constancias que den cuenta de ello.

6. También tendrá que explicar de dónde sacó el monto en dólares y en efectivo para la compra de muebles para su departamento de Caballito.

7. Esa propiedad, ubicada en la calle Miró al 550, también es parte de las explicaciones que tendrá que dar. El fiscal quiere que explique el origen de los fondos que usó para esa compra. Hay que recordar que pagó 30 mil dólares en efectivo y que los 200 mil dólares restantes fueron financiados por las dos jubiladas que figuraban como dueñas del departamento: Claudia Sbabo y Beatriz Viegas.

8. Adorni también deberá dar explicaciones sobre el origen, la naturaleza y el respaldo de los ingresos no alcanzados por el impuesto a las ganancias o exentos que esgrimió en sus Declaraciones Juradas. También detallar los bienes que heredó junto con la individualización de la fuente, el instrumento, la fecha y la persona de quien provinieron.

9. De donde sacó el dinero en efectivo en pesos y moneda extranjera que usó para viajes al exterior, alquileres temporarios, expensas y matrículas escolares de sus hijos.

10. Por qué razón usó a terceras personas para comprar bienes y afrontar pagos familiares es otro de los puntos del requerimiento. Este es un eje central que detectó el fiscal en la última tanda de declaraciones testimoniales, cuando encontró que varias personas que trabajaron con él en la función pública pusieron su nombre para facturas o prestaron su tarjeta de crédito para compras del ex jefe de Gabinete. Una de ellas fue su ex secretaria Gisella Koczis, que dio su nombre para la compra de colchones y ropa blanca por más de 8 millones de pesos en efectivo. Incluso, en ese caso, la mujer declaró que la Angeletti, la mujer de Adorni, se acercó a pagar en efectivo.

11. El origen de los fondos que usó para comprar criptoactivos también forma parte del requerimiento. El ex funcionario había explicado que invirtió poco más de 200 mil dólares en Bitcoin y que ganó cerca de 300 mil dólares. La causa tiene incorporados videos de entrevistas que dio en años anteriores en los que deslizaba que no era un asiduo inversor en Bitcoin.

12. La forma en que concilia el nivel de gastos y movimientos financieros acreditado en sus cuentas y las cuentas de su cónyuge—, sus tarjetas de crédito y sus billeteras virtuales, con los ingresos lícitos acreditados del grupo familiar.

13. Adorni deberá explicar los 20 comprobantes informados ante ARCA por más de seis millones de pesos, cuyo pago no pudo conciliarse con tarjetas de crédito y cuentas bancarias. También las 16 facturas de una empresa por más de 2 millones de pesos, con relación a las cuales se registran pagos que no coinciden con el importe de cada comprobante.

14. Deberá explicar el estado de sus deudas con el Banco Galicia, con fechas de pago, pagador, medio de pago y origen de los fondos con que se afrontó esa cancelación.

15. Adorni deberá explicar cómo le pagó los honorarios a la escribana Adriana Nechevenko y por qué fueron facturados a nombre de Angeletti, en el marco de las operaciones inmobiliarias.

16. El motivo por el cual hay personas de su entorno que registran consumos como usuarios adicionales de sus tarjetas.

17. Si la facturación emitida por una concesionaria a Bettina Julieta Angeletti por más de 4 millones de pesos en 2026 corresponde a la adquisición de un rodado no declarado, a una operación vinculada con una anterior o a otro concepto.

18. El concepto y el origen de las acreditaciones de carácter no salarial recibidas en su cuenta sueldo del Banco de la Nación Argentina, que no provienen de organismos del Estado ni de movimientos entre sus propias cuentas, con la correspondiente explicación de la causa.

19. El criterio con que determinó el valor de las mejoras incorporadas al inmueble de Miró 550. Deberá precisar a qué desembolsos concretos respondieron esas mejoras, con qué fondos se afrontaron y en qué proporción se las atribuyó cada cónyuge. Vale recordar que Pablo Feijóo, uno de los que intermedió en la compra de ese departamento, declaró ante la Justicia que Adorni le debe 65 mil dólares en concepto de reformas de la vivienda, que no habían sido declarados.

20. La forma de valuación y el origen de los fondos aplicados a las mejoras declaradas por Adorni sobre el lote 380 del Country Indio Cuá.

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